225 solicitudes de propietarios interesados en obtener ayudas para la inspección técnica y certificado energético de sus edificios
El Ayuntamiento de Segovia ha registrado alrededor de 225 solicitudes de propietarios de inmuebles --o Comunidades de Propietarios-- interesados en recibir una subvención para afrontar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y el certificado de eficiencia energética; documentos ambos que son obligatorios en todos aquellos edificios con una antigüedad de más de 40 años y que se cifran en unos 1.900 en la capital. La cifra demuestra el interés y oportunidad de la convocatoria, la segunda línea de ayudas promovida por el Ayuntamiento en aras a facilitar el cumplimiento de la legislación urbanística y, al mismo tiempo, paraimpulsar la regeneración urbana de la ciudad.
Para esta convocatoria de 2022, incluida dentro del programa municipal de ayuda a la vivienda, el Ayuntamiento ha consignado 400.000 euros, el doble que en la anterior convocatoria, un margen de crédito suficiente para atender todas las solicitudes presentadas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 316 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, todos los edificios deben someterse a una primera inspección técnica dentro del año natural siguiente a aquél en que se cumplan 40 años desde su fecha de terminación. Una vez realizada la primera inspección, deben someterse a una segunda y sucesivas inspecciones dentro del año natural siguiente a aquél en que se cumplan diez años desde la anterior inspección.
La junta de Gobierno local aprobó la convocatoria de 2022 y bases reguladoras de la concesión de subvenciones el pasado 16 de junio y abrió el correspondiente plazo para la presentación de solicitudes que finalizó el pasado 1 de agosto. En paralelo, el Ayuntamiento de Segovia lanzó una campaña publicitaria en medios de comunicación (radio, televisión, prensa escrita y digitales) para animar a la ciudadanía a optar a estas ayudas.
Los servicios técnicos municipales trabajan en la comprobación de la documentación presentada por los aspirantes a las subvenciones, para verificar que se ajusta a las bases de la convocatoria de este programa, que pretende, por un lado, que los propietarios realicen la evaluación del estado de conservación del edificio atendiendo a criterios de seguridad, salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad; y, por otro, que puedan solicitar el certificado de eficiencia energética.
Los dos documentos son obligatorios para los edificios de más de 40 años de antigüedad. Con ellos se da cumplimiento a la legislación vigente en materia urbanística y al reciente Real Decreto 390/2021 de 1 de junio por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Parte de las peticiones ahora presentadas quedaron excluidas de laanterior convocatoria debido al agotamiento de la partida presupuestaria. Sin embargo, con la cantidad ahora reservada se garantiza que todas las peticiones que cumplan con los requisitos accederán a la subvención.
La Inspección Técnica de Edificios (I.T.E.) y el certificado de eficiencia energética son dos certificados los deben realizar técnicos competentes y los beneficiarios de las ayudas serán los propietarios de los edificios, y en el caso de los inmuebles sometidos a régimen de propiedad horizontal, las comunidades de propietarios (siempre que no hayan realizado una primera I.T.E. y que sea residencia habitual).
Entre los criterios para la concesión de las ayudas figuran la antigüedad del inmueble y el número de viviendas de las que conste. Así, se concederá 2 puntos por cada 5 años de antigüedad del edificio, de 40 años y hasta 80 años; a partir de esa antigüedad, la puntuación será mayor, de 4 puntos por cada lustro. En función del número de viviendas también se repartirá la puntuación entre las unifamiliares y las de a partir de 20 viviendas. Las cuantías máximas rondarán entre los 550 euros por vivienda unifamiliar y 3.500 euros al edificio de más de 20 viviendas. La convocatoria no exigía que la ayuda fuesepara la primera residencia.
En la actualidad, el proceso discurre en la fase de comprobación de toda la documentación que los interesados han incluido en las solicitudes. A continuación, se plantearán las propuestas de subvención, que se elevarán a la Junta de Gobierno Local para su concesión por delegación de la competencia en esta materia por parte de la Alcaldía.
En un plazo máximo de dos meses desde que finalizó el plazo de presentación de solicitudes (1 de agosto), el Ayuntamiento resolverá la convocatoria y los beneficiarios dispondrán entonces de 45 días naturales para aportar la documentación justificativa de la realización por el técnico competente del informe y certificado de la ITE y certificado de eficiencia energética relativa al edificio para el que solicite la subvención.
Esta subvención municipal será compatible con todas las ayudas similares que se conceden para la mejora de las viviendas, tanto en el ámbito autonómico como estatal.
El objetivo de la subvención es ayudar a los vecinos a cumplir el deber marcado por la legislación, pero además estos documentos son los requisitos básicos que se van a pedir para optar a las subvenciones directas regionales y nacionales financiados con los fondos europeos, Next Generation, para la regeneración urbana. Estas ayudas del Ayuntamiento de Segovia se enmarcan en la consecución de los ODS y de la Agenda Urbana 2030, así como en la estrategia municipal para la regeneración del parque de inmuebles.




























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