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Martes, 21 de Octubre de 2025

Javier López Alarma @jlopezalarma
Viernes, 28 de Marzo de 2025 Tiempo de lectura:

El personal del Ayuntamiento de Segovia contará con el apoyo de una mutua, que supervisará las bajas

El personal del Ayuntamiento de Segovia contará ahora con el apoyo de una mutua en la gestión de las bajas médicas y situaciones de incapacidad laboral por contingencias comunes a través de un anexo al convenio de asociación entre el propio Ayuntamiento y la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, FREMAP, que ya trabajaba en el Ayuntamiento con el seguimiento de las bajas por accidentes de trabajo y contingencias profesionales.

 

Con este anexo al convenio, que ya viene gestionando la situación de incapacidad temporal por accidentes y contingencias profesionales, de un año de duración y entrada en vigor el 1 de abril, se pretende hacer más eficaz el seguimiento y control de la gestión relativa a las situaciones de incapacidad temporal con el fin de evitar la prolongación innecesaria de los procesos médicos y la mutua asumirá para este ámbito un papel asistencial y de gestión similar al que viene desarrollando con las contingencias profesionales.

 

Con esta cobertura, los empleados públicos siguen sujetos a la asistencia pública y los partes médicos de alta, confirmación y baja, en estas situaciones de incapacidad temporal por contingencias comunes, se emiten, en todos los casos, por los médicos de los servicios públicos de salud y la mutua realiza una labor administrativa, asistencial con pruebas médicas y diagnósticas, así como una labor de recuperación junto con el abono a los empleados de la prestación económica derivada de las bajas médicas.

 

También en todos los casos, las pruebas diagnósticas, tratamientos terapéuticos y rehabilitadores propuestos por la mutua requieren de la autorización del médico del servicio público de salud y el consentimiento informado del paciente. Además, en todo momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ejerce un seguimiento y control continuo de la gestión realizada por la mutua.

 

La Concejala de Organización y Personal, María Carpio Guijarro, acompañada por los técnicos del departamento, ha explicado estos detalles y las dudas en una reunión de la mesa de negociación con los representantes de los sindicatos con representación en el Ayuntamiento convocada, entre otros asuntos, para detallar este anexo al convenio de asociación que dará cobertura al seguimiento de las situaciones de baja o incapacidad temporal por contingencias comunes.

 

Se da solución así, con considerables mejoras, a la situación de deficiente seguimiento de las situaciones de baja médica que, en otros momentos, realizaba el médico de empresa, que cumplía con un trabajo únicamente de mediación pero no de tramitación administrativa ni de propuesta de pruebas diagnósticas o tratamientos a aplicar para la mejora de la salud del empleado al carecer ese médico de empresa de competencias en esta materia. Por el contrario, las mutuas están autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social para colaborar en la gestión de la Seguridad Social, y dispensan la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes con igual alcance que las entidades gestoras de la Seguridad Social.

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