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Miércoles, 29 de Octubre de 2025

Javier López Alarma @jlopezalarma
Viernes, 08 de Noviembre de 2024 Tiempo de lectura:

La Diputación de Segovia rebaja hasta el 4’5% la tasa por la recaudación de tributos municipales

El Pleno celebrado por la Diputación de Segovia el 31 de octubre ha aprobado la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recaudación de tributos municipales y otros ingresos de derecho público a entidades locales y corporaciones públicas de la provincia. Un cambio que equivale a una rebaja del tipo aplicable para esa tasa y que pasa a situarse en el 4’5%.

 

De esta manera, este mecanismo fiscal ha ido mermando en el gravamen aplicado a las entidades locales. Respecto a lo que se aplicaba en el año 2023, la disminución es del 8’15%, aunque hay que tener en cuenta también que la rebaja ha ido avanzando desde el 5’1% que se aplicaba hace unos años hasta el 4’5 en el que queda establecida a partir de ahora para el año 2025.

 

Un asunto que ha centrado la carta a los ayuntamientos remitida y firmada por el diputado del Área de Hacienda, Óscar Moral, en la que remarca el “compromiso con los ayuntamientos” y también el cumplimiento de lo prometido hace un año, avanzando de este modo en “la mejora de medios técnicos y humanos, la garantía de la excelencia en la atención y el incremento de nuevas prestaciones”, con el objetivo de mejorar la eficiencia y disminuir los costes en esos servicios que se prestan.

 

Por eso, el diputado ha remarcado que se ha rebajado la tasa “por segunda vez en doce meses” y que supondrá “un ahorro de más de 250.000 euros en el cómputo total de los consistorios”, según recoge la misiva rubricada por Óscar Moral. Al mismo tiempo, recuerda que lo recaudado con esta tasa repercute en inversión directa en los municipios, “ya que se emplea en financiar gastos que mejoran el servicio que se presta”, y se orienta a “seguir dando la mejora atención a aquellos por los que trabajamos, nuestros pueblos y las personas que vienen en ellos”.

 

Tras la aprobación por parte del Pleno, se abre un plazo de treinta días para que los interesados puedan revisar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De registrarse, una vez resueltas se aprobará definitivamente el asunto.

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