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Martes, 16 de Diciembre de 2025

Javier López Alarma @jlopezalarma
Jueves, 05 de Mayo de 2022 Tiempo de lectura:

36 modificaciones puntuales del Plan Especial de Áreas Históricas (PEAHIS)

La junta de Gobierno Local, en su sesión de hoy, 5 de mayo de 2022, ha acordado hoy la propuesta de aprobación inicial de la modificación del Plan Especial de Áreas Históricas de Segovia (PEAHIS). En concreto, el acuerdo supone dar luz verde a 36 modificaciones puntuales en este Plan Especial que permitirán mejorar la eficacia de este instrumento urbanístico, concebida para la revitalización, conservación y restauración de las áreas históricas de la ciudad de Segovia, según han explicado hoy, en rueda de prensa, la alcaldesa, Clara Luquero, y la concejala de Patrimonio Histórico y Urbanismo, Clara Martín.

[Img #10381]El Plan de Áreas Históricas de Segovia (PEAHIS) fue aprobado de forma definitiva por el pleno municipal el 6 de septiembre de 2019, publicado en el BOCYL el 28 de noviembre de ese año y en el BOP el 15 de enero de 2020. Con su entrada en vigor culminaba un largo proceso de análisis, estudio y redacción de un documento fundamental para el desarrollo de la ciudad. El PEAHIS tiene como objeto ordenar y proteger urbanística y culturalmente el área central de la ciudad y las áreas relevantes exteriores. El documento ordena 1.914,33 hectáreas, esto es, el11,66% de la superficie total del término de Segovia, lo que supone el 43% del suelo urbano consolidado de la ciudad.

 

Transcurridos más de dos años desde la entrada en vigor del Plan Especial, se ha comprobado la necesidad de redactar modificaciones puntuales de algunas de las determinaciones de ordenación detallada contenidas en el Plan, para el mejor cumplimiento de sus objetivos. Las modificaciones han sido redactadas por la Oficina Técnica Municipal de la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Segovia, a instancia de la concejala responsable del Área.

 

El PEAHIS modificado incluye 36 modificaciones puntuales: 11 corresponden a modificaciones de ordenación detallada en Áreas de Ordenación Específica, Actuaciones Aisladas o Unidades de Actuación; 9 se refieren a modificaciones de ordenación detallada fuera de esos ámbitos; 2 se refieren a modificaciones en los catálogos (una de ellas del Catálogo Arquitectónico y la otra del Catálogo de Fachadas Protegidas); y 13 afectan a aspectos puntuales de la Normativa del Plan Especial. Por último, una más afecta al Anexo 2 de la Memoria Vinculante “Incrementos de Edificabilidad y del Número de Viviendas en el PEAHIS”.

 

Entre otras actuaciones, las modificaciones más relevantes se refieren al talud del Salón para permitir la construcción de un ascensor, que conecte la calle de San Millán con el Paseo del Salón. Esta modificación se acompaña del informe relativo a la evaluación de impacto en el patrimonio de esta infraestructura que indica que es necesario adecuar la normativa urbanística para su ejecución. La planificación de este remonte mecánico no afecta a la previsión que recoge el propio PEAHIS para el aparcamiento soterrado del Paseo de Los Tilos.

 

 

Uso de Monasterios y Conventos

 

En cuanto al uso de Monasterios y Conventos, dado que hay varios casos en nuestra ciudad que han sido objeto del traslado de las comunidades religiosas que los ocupaban, se modifica el uso de los mismos actualmente catalogados como equipamientos religiosos. Con esta modificación se permite implantar otro tipo de equipamientos como culturales, sanitarios o asistenciales, también se autoriza el uso terciario hotelero. Este cambio de uso estará condicionado a un estudio en el que se garantice la conservación de los valores patrimoniales de estos edificios. En el caso de los edificios catalogados habrán de ser objeto de una Memoria de Idoneidad Técnica (MIT) y en el caso de los BIC todas las intervenciones tendrán que ser autorizadas por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural según los términos de la normativa vigente.

 

Las modificaciones de las áreas de ordenación y de la ordenación detallada se remiten fundamentalmente a la definición de pequeños ajustes para encajar mejor la edificabilidad ya reconocida en el PEAHIS. Algunas de estas modificaciones han sido solicitadas por los propietarios de estas parcelas y en otros casos son errores detectados en el documento.

 

Una de ellas es la derivada del convenio urbanístico ya aprobado por el pleno municipal que afecta a la manzana situada en la calle Ortiz de Paz y la calle de la Plata. Recordamos que con este convenio se ceden espacios de la parcela privada para ser clasificados como viario público para así los vehículos de emergencias puedan tener acceso al interior de manzana en donde se encuentra un edificio residencial sin salida a vía pública.

 

La ordenación se modifica en la AOE 11.02 “Santo Tomás” donde se incluye un nuevo viario que comunica el paseo Ezequiel González con el calle Santo Tomás para permitir el acceso a los vehículos de emergencias a la nueva manzana de viviendas prevista en la parcela ocupada por el edificio conocido como “Villa Estrella”.

 

Los ajustes relativos a la normativa están justificados en la mejor interpretación de la norma. Después de más de dos años de desarrollo del documento, se han detectado estas discrepancias en el criterio de interpretación y lo que vienen a realizar estas modificaciones es a aclarar las dudas surgidas. También la normativa se ha adaptado para permitir la instalación de paneles solares en entornos del PEAHIS ajenos a entornos declarados BIC y siempre que no se vean desde la vía pública.

 

Por último el documento urbanístico se adapta a dos sentencias judiciales, la primera de ellas en la Plaza Cirilo Rodríguez 2, donde se reconoce una edificación existente destinada a garaje que el PEAHIS en su día no reflejaba y, la segunda de ellas es relativa al fondo máximo del edifico de la calle San Antón 7, donde manteniendo la edificabilidad reconocida en el Plan, se permite mayor fondo de lo marcado inicialmente.

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